PROPUESTA DE MEDIDAS A CORTO PLAZO PARA LA FORMACIÓN PROGRAMADA A EMPRESAS ANTE EL ESTADO

PROPUESTA DE MEDIDAS A CORTO PLAZO PARA LA FORMACIÓN PROGRAMADA A EMPRESAS ANTE EL ESTADO

Creada
27 de marzo de 2020
Dirigida a
Centros de formacion y
Firmas: 390Próximo objetivo: 500
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Por qué es importante esta petición

Iniciada por Autoforma

Ante la situación extraordinaria declarada en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha provocado la suspensión de toda formación presencial, Autoforma, asociación nacional de empresas gestoras de formación, propone una serie de medidas a corto plazo, con el objeto que la incidencia de este excepcional provoque un menor impacto en el sector de la formación programada a empresas ante la enorme pérdida económica y de empleo en la que está sumido nuestro sector.

 

Autoforma propone:

 

Para grupos iniciados antes de la proclamación del estado de alarma, para cualquier modalidad:
 

Reconocer todo el trabajo de formación iniciado antes de la proclamación del estado de alarma y con fecha de fin posterior a este. Esto implica poder adoptar alguna de las siguientes medidas:

1.       Permitir su finalización en fecha de corte que se establezca, por ejemplo, 11 marzo, día del primer cierre decretado en algunas comunidades autónomas, y su bonificación en proporción a las horas impartidas, y no a las horas con las que se definieron originalmente las acciones formativas. Esta medida general permitirá paliar en alguna medida la debacle económica en la que el sector está sumido. Para ello, solicitamos:

a.       Poder reducir el número de horas totales de la acción formativa hasta la fecha de corte que se establezca

b.       Poder modificar el calendario del grupo, adelantando la fecha de finalización, comprobando asistencia mínima del 75% según las nuevas horas y ajustando los costes a las horas realmente realizadas

2.       Poder finalizar aquellos grupos formativos que, habiéndose suspendido en el momento del cierre de los centros educativos y de las empresas, posteriormente se han podido impartir mediante aula virtual (videoconferencia síncrona). Es decir, los grupos para los cuales se ha seguido el procedimiento indicado por FUNDAE:

a.       Se solicitó la suspensión mediante la incidencia tipo “Suspensión de la actividad formativa por coronavirus”

b.       FUNDAE modificó la fecha fin a 31/12/2020

c.       Se comunicó mediante otra incidencia que la formación se realizaría mediante videoconferencia (aportando fechas, horarios y direcciones de los docentes)

Para poder dar el último paso, que es finalizar el grupo para que las empresas puedan aplicarse las bonificaciones, solicitamos: poder modificar el calendario del grupo, al menos desde la fecha de corte que se establezca, por ejemplo, 11 marzo, día del primer cierre decretado en algunas comunidades autónomas, estableciendo la fecha real de finalización, comprobando asistencia mínima del 75% según las nuevas horas y ajustando los costes a las horas realmente realizadas,

3.       Que la formación presencial restante se pueda sustituir por cualquier metodología alternativa que cuente con el acuerdo tanto del centro impartidor como del alumnado de dicha.

4.       Que el centro de formación pueda decidir reanudar la acción formativa de forma presencial, una vez sea posible deje de estar en vigor el estado de alarma.

 

 
 
 
Para grupos con fecha de inicio posterior al estado de alarma, y por modalidades formativas, las medidas solicitadas son las siguientes:
 

FORMACIÓN PRESENCIAL
 

Aceptar los sistemas de videoconferencia utilizados en el sector para mantener las formaciones presenciales con fecha de inicio posterior al estado de alarma.

Estas herramientas diversas que hemos englobado en el término genérico “aulas virtuales” no son una nueva metodología sino el único recurso disponible, en la fecha indicada, para que los formadores puedan seguir realizando las imparticiones planificadas a sus alumnos en estas circunstancias excepcionales.

 

TELEFORMACIÓN
 
Si el centro de formación sigue con la acción formativa y si hay alumnos que renuncian a continuar -por motivos cómo estar de baja, por no disponer de medios en su casa…-pueda solicitar la bonificación de la parte impartida a esos alumnos, más la de los alumnos que finalicen.

 
 
PARA PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN
 
Desbloquear el aplicativo de comunicación de PIF para:

a.       Poder cambiar el número de horas del Permiso, a la baja y nunca al alza

b.       Poder cambiar la fecha de fin del PIF

c.       Poder incorporar nuevos textos en los campos de Observaciones

d.       Poder eliminar e incorporar nuevas cuantías de bonificación en los meses de marzo y siguientes.

Significar que ninguna de estas peticiones pone en riesgo la veracidad y rigor de los datos ni de las bonificaciones ya que queda exactamente igual de sujeta a las iniciativas de control y seguimiento que lo actualmente comunicado, por lo que lo único que se consigue con esta medida es dar flexibilidad a las empresas para gestionar sus bonificaciones tanto del mes de marzo como estar ya preparados para ser ágiles en el procedimiento de actualizar la información en cada PIF una vez que los centros de formación vuelvan a construir los nuevos calendarios de impartición, sin tener que pasar por procedimientos de crear una incidencia en la que la revisión por parte de FUNDAE tenga que asumir la tarea de cambiar datos en el aplicativo que podemos hacer los gestores y entidades organizadoras con más agilidad e inmediatez.

 

 

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Destinatarios de la petición

  • Centros de formacion
  • academias
  • Gestores de formación