#AguaesVida. Libertad Bernardo Caal Xol y cese RENACE-Grupo Cobra ACS de Florentino Pérez

#AguaesVida. Libertad Bernardo Caal Xol y cese RENACE-Grupo Cobra ACS de Florentino Pérez

Creada
30 de enero de 2020
Dirigida a
Comisión Pueblos Indígenas (Mario Velasquez Perez) y 10 otros/as
Firmas: 1135Próximo objetivo: 1500
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Por qué es importante esta petición

Iniciada por alterNativa Intercanvi amb Pobles Indígenes

El Pueblo Maya Q’eqchi’ habita desde hace más de diez siglos el Departamento de Alta Verapaz, Guatemala. Allí, la cuenca del Río Cahabón alcanza 14 municipios y un área total de 245,900 ha. Más de 50 afluentes y centenares de pequeños nacimientos de agua alimentan su caudal y configuran un ecosistema de bosque húmedo nublado reconocido como Reserva de la Biosfera Maya y de gran valor ecológico. Además, el río Cahabón provee de agua a las comunidades para sus necesidades vitales, riega sus tierras de cultivo, y constituye un elemento sagrado de su cosmovisión.

Actualmente sobre el río operan las hidroeléctricas OXEC I y II, y RENACE, I; II; III y IV; que han provocado el desvío y entubación del río Cahabón, el acaparamiento de tierras, la modificación del ecosistema y la falta de agua en las comunidades. La española ACS del empresario, Florentino Pérez, es una de las empresas constructoras encargada de entubar y canalizar el río; el caudal del cual no vuelve al mismo ni a sus afluentes; provocando problemas de salud y alimentación en las comunidades.

El año 2015, las comunidades q’eqchi’, representadas por Bernardo Caal Xol  defensor y líder indígena- interponen un amparo contra OXEC ante la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, ya que el proyecto vulnera el derecho de Consulta de los Pueblos Indígenas establecido en el Convenio 169 OIT Organización Internacional del Trabajo- y ratificado por Guatemala el año 1996, el cual estipula esta consulta como mecanismo obligatorio para realizar cualquier actividad en territorios indígenas. Convenio 169 OIT

En 2017 la sentencia de la Corte Suprema da la razón a las comunidades y dicta la realización de la Consulta, aunque no establece periodo de realización y permite además que la empresa pueda continuar operando, en contradicción con el principio de Consulta Previa.

Aquí empieza la criminalización al defensor Bernardo Caal Xol, que sin haberse probado los hechos imputados y vulnerando numerosas garantías del debido proceso, es sentenciado a 7 años y cuatro meses de prisión como condena ejemplarizante contra defensoras y defensores de derechos humanos. Proceso judicial Bernardo Caal Xol.

En este contexto de criminalización, ante la actual emergencia climática, en defensa de los recursos fundamentales de la vida y los ecosistemas; y en defensa de la autodeterminación del pueblo q'eqchi' representado por la defensora indígena Ana Rutilia Ical, interponen otro amparo ante la Corte Suprema de Justicia reclamando la consulta y cese de las operaciones a RENACE.

El año 2019 la sentencia de la Corte Suprema de Justicia dicta sentencia favorable a las comunidades e insta al Ministerio de Energía y Minas a la realización de la Consulta, aunque tampoco paraliza las actividades de la empresa. Esta sigue en funcionamiento ante la oposición de las comunidades y en incumplimento de la condicion de consulta previa. Sentencia Amparo RENACE CSJ.

Por ello, el pueblo q’eqchi’, centrales sindicales y organizaciones sociales denuncian esta situación y hacen un llamamiento internacional al cual nos sumamos como Instituciones, organizaciones y particulares miembros de la comunidad internacional y:

DENUNCIAMOS:

  •  El impacto ambiental y social de RENACE, construida por la española ACS de Florentino Pérez en Alta Verapaz (Guatemala) que opera sin tener el consentimiento y afectando el área protegida como Reserva de la Biosfera Maya; que dejan sin agua a comunidades enteras, provocando problemas de alimentación y salud, extinción de fauna y flora de espacios protegidos, y agravando la emergencia climática; en contra del Desarrollo Sostenible y su Agenda 2030.
  • El incumplimiento de la Consulta Libre, Previa e Informada del Pueblo Q’ecqchí según sistemas y costumbres propias; obligatoria para cualquier proyecto en sus territorios y reconocida por el Derecho Internacional en el Convenio 169 de la OIT y con sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala a día 4 de julio de 2019.
  • La falta de independencia del poder judicial en el caso Bernardo Caal Xol, que opera al servicio de los intereses económicos de las oligarquías; sin las debidas garantías procesales, judicializando y criminalizando defensoras y defensores de derechos y vulnerando sus derechos fundamentales.

Y PEDIMOS

  • A la empresa RENACE y sus contratistas, en especial la española ACS, que paralicen la actividad en respecto a la Consulta Previa, Libre e Informada y en cumplimiento con las sentencias de la Corte Suprema de Guatemala de 2017 y 2019.
  • A las Instituciones del Estado de Guatemala, especialmente al Ministerio de Energía y Minas, a la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso, a la Comisión Municipal de la Consulta, al Consejo de Desarrollo Municipal de San Pedro Carchá, a la Procuraduría General de la Nación, a la Procuraduría de Derechos Humanos, y a las Alcaldías Municipales de Lanquín, Chamelco, y Carchá; el cumplimiento de la Consulta Libre, Previa e Informada según el Convenio 169OIT, y el respeto a los sistemas propios y al resultado de la misma.
  • A la Fiscalía General del Ministerio Público de Guatemala una investigación previa y objetiva de los hechos imputados al defensor indígena Bernardo Caal Xol que no han sido probados; y a la Corte Suprema de Justicia velar por la independencia judicial.
  • A las Instituciones de Cataluña, específicamente a la Generalitat de Cataluña, al Ayuntamiento de Barcelona, y al resto de Administraciones catalanas; la coherencia en las políticas públicas no contratando empresas que vulneran Derechos Humanos, aplicando de forma efectiva clausulas sociales en la contratación pública, e impulsando la creación del Centro de Evaluación de Empresas en el Exterior.

 

CAMPANYA AIGUA ÉS VIDA. EMERGÈNCIA CLIMÀTICA I DRETS POBLES INDÍGENES 

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Destinatarios de la petición

  • Comisión Pueblos IndígenasMario Velasquez Perez
  • Comisión Energia y MinasLuis Enrique Hernandez Azmitia
  • Corte Suprema de Justicia i Organismo JudicialEdgar Manuel Escobar Rodas
  • Fiscalia General y Ministerio PúblicoMa Consuelo Porras
  • ACS - Grupo Cobra