No a la DEFORESTACIÓN de 238 hectáreas de bosque de encino por residencial Bosque Diamante

No a la DEFORESTACIÓN de 238 hectáreas de bosque de encino por residencial Bosque Diamante

Inició
4 de septiembre de 2017
Firmas: 302,520Próximo objetivo: 500,000
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¿Por qué es importante esta petición?

Iniciada por Soy de Jilotzingo

MINISTRA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ

PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL

P R E S E N T E

Más del 75% del municipio de Jilotzingo, en el Estado de México, está cubierto de bosques en muy buen estado de conservación, ricos en biodiversidad e importantes para la provisión de beneficios ecosistémicos y el desarrollo cultural de los casi 20 mil habitantes del municipio. Jilotzingo forma parte del Bosque de Agua de la Megalópolis de México, una región socioecológica fundamental para la viabilidad ambiental y la seguridad hídrica del territorio más densamente poblado de nuestro país, donde se produce el 30% del PIB nacional.

En 2017 el megaproyecto residencial denominado “Bosque Diamante” obtuvo el permiso para construir 19,985 viviendas en Jilotzingo sobre 238 hectáreas de un verdadero bosque de encino muy bien conservado, colindante con la Reserva Estatal Espíritu Santo, a una densidad de 121 casas por hectárea, lo que aumentaría drásticamente la población local a unos 80 mil habitantes. Esta construcción implica la tala de más de 180,000 árboles, con la consecuente pérdida de biodiversidad y el riesgo que esta infraestructura urbana representa para el sistema social y ambiental regional. Por ejemplo, aumentaría enormemente la demanda de agua limpia, pero al mismo tiempo la Presa Madín, ubicada en los municipios contiguos de Atizapán de Zaragoza y Naucalpan, dejaría de captar agua para más de 400 mil personas, lo que en conjunto agravaría la escasez y comprometería la posibilidad de llevar el vital líquido a otras áreas de la gran ciudad.

Al empezar el derribo de árboles, habitantes de Jilotzingo y asociaciones civiles organizaron acciones para evitar la destrucción del ecosistema, incluyendo producir materiales para dar a conocer el problema (más información en https://contralacorrupcion.mx/bosque-asedio-inmobiliario/ y crear una petición en Change.org para exigir el freno al ecocidio, que ha logrado recabar más de 280 mil firmas (http://chng.it/zRFQbdzzsM Además, en enero de 2019 se interpuso un juicio de amparo (68/2019-III) en el Estado de México por irregularidades en la manifestación de impacto ambiental, en la expedición de permisos de diversas autoridades para cambiar el uso de suelo y la densidad habitacional, y por la alteración a modo del Plan de Desarrollo Urbano de Jilotzingo.

Así, el 20 de abril de este año, el Juez Décimo de Distrito resolvió dejar insubsistente la autorización para desarrollar el proyecto inmobiliario “Bosque Diamante” porque, al no considerar el sistema ambiental al que pertenece, las funciones ecológicas que provee y anteponer los beneficios económicos (principalmente de los inversionistas) a los impactos ambientales y sociales que provocará la destrucción del verdadero bosque, no garantiza la continuidad de los beneficios ecosistémicos y vulnera el derecho fundamental a un medio ambiente sano, al agua y a la salud.

Sin embargo, el pasado jueves 11 de mayo, el Gobernador Constitucional del Estado de México, Alfredo del Mazo Maza, interpuso, por conducto de su representación legal, un recurso de revisión de la sentencia, solicitando que sea revocada, bajo el argumento de que la Asociación Civil “Trabajando por el Desarrollo de Jilotzingo”, una de las partes –pero no la única– que promovió la demanda de amparo, no tiene interés legítimo en promover un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, sin considerar que dicha asociación está conformada por pobladores de Jilotzingo y por ello tienen interés jurídico y es legítimo.

Tal y como lo recomienda la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación con motivo del segundo aniversario del Acuerdo de Escazú –tratado internacional vinculante para el Estado Mexicano–, en demandas de amparo relativas a asuntos medioambientales, el poder judicial debe observar los principios in dubio pro natura para favorecer la protección del medio ambiente, así como considerar los principios de precaución y prevención para evitar que las resoluciones se vean reducidas a la mera reparación de los daños ecológicos y sociales que va a causar este desarrollo inmobiliario. Debe evitarse la pérdida irremediable de los beneficios ambientales que provee este ecosistema y anteponerse, en cambio, el ejercicio del derecho a un medio ambiente sano, consagrado en nuestra Constitución.

Por todo lo anterior, nos sumamos a la exigencia de que se DETENGA de una vez por todas el megaproyecto residencial denominado “Bosque Diamante” y no se permita el perjuicio al bien común ni la degradación ambiental del verdadero BOSQUE, a cambio de beneficios económicos para unas cuantas personas.

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Tomador de decisiones

  • ANDRES MANUEL LOPÉZ OBRADORPresidente de Mexico
  • Alfredo del Mazo MazaGobernador del Estado de México
  • Ayuntamiento de Jilotzingo 2016-2021
  • MINISTRA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZPRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL