Exigimos reformar los artículos 196, 197 y 198 del Reglamento de la Ley de Extranjería.

Exigimos reformar los artículos 196, 197 y 198 del Reglamento de la Ley de Extranjería.

Creada
27 de octubre de 2020
Firmas: 2874Próximo objetivo: 5000
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Iniciada por FEPA FEPA

Reclamamos derechos para la juventud extutelada de origen extranjero. El actual Reglamento de la Ley Orgánica 4/2020 sobre derechos y Libertades de los Extranjeros en España provoca una situación de desigualdad hacia este grupo de jóvenes:

I. La Federación de Entidades con Proyectos y Pisos Asistidos (FEPA) aglutina a 68 entidades de toda España, y tiene como misión favorecer la autonomía y la igualdad de oportunidades de los y las jóvenes sin apoyo familiar en proceso de emancipación, especialmente de los/as tutelados/as y extutelados/as.

II. Al cumplir la mayoría de edad, cualquier persona joven, nacional o extranjera, que haya pasado por el sistema de protección, debe emanciparse sí o sí, aún sin apoyo familiar. Algunos encuentran plaza en algún recurso de emancipación. En el caso de jóvenes de origen extranjero, el salto al vacío es todavía más grande: necesitan permisos (trabajo, residencia) con unos requisitos prácticamente imposibles de conseguir. A los 18 años, solo pueden trabajar si consiguen un contrato laboral de un año de duración y 40 horas semanales (o menos, pero siempre que se perciba el salario mínimo interprofesional). Si no tienen esta posibilidad, su residencia será solo no lucrativa, sin derecho al trabajo.

III. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha puesto las cosas todavía más difíciles al colectivo de las personas extuteladas extranjeras: de ahora en adelante, se les pedirá que acrediten contar con medios de vida propios para renovar su permiso de residencia no lucrativa. Se les pide disponer del 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), 537,84 euros al mes, para las primeras renovaciones; y del 400%, 2.151 euros al mes, para las segundas. Estos medios de vida, desde ahora, no pueden proceder ni de prestaciones públicas ni de ayudas sociales que les proporcionamos las entidades.

No se tienen en cuenta las circunstancias específicas del colectivo, y se somete a estas personas a una situación inviable: se piden unos medios de vida propios para que dispongan de un permiso de residencia sin permiso de trabajo, es decir, sin fuente de ingresos.

IV. Estos y estas jóvenes acabarán estando, inevitablemente, en situación de irregularidad y sin posibilidad de integrarse social ni laboralmente, abocados a una vida de vulnerabilidad, sin recursos ni oportunidades. Probablemente, esta situación generará problemas de marginación, rechazo, xenofobia… la solución de los cuales será siempre más costosa que invertir en acompañarlos para conseguir ser ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho.

V. Así pues, la legislación actual pone la condición de extranjero por delante de la de persona extutelada, ya que la Ley de Extranjería choca con las leyes de protección del menor, incluyendo tratados internacionales, dejando en nada los derechos que éstas protegen una vez la persona cumple los 18 años, abocando a los y las jóvenes a un callejón sin salida.

VI. Por ello, MANIFESTAMOS nuestro más enérgico rechazo contra una Ley de Extranjería que supone una grave regresión en los derechos reconocidos a la juventud de origen extranjero que ha pasado por el sistema de protección.

Esta ley supone una confrontación con las leyes de protección del menor, incluyendo tratados internacionales ratificados por España, como la Convención de Derechos del Niño de la ONU.

VII. Y EXIGIMOS la reforma de los artículos 196, 197 y 198 del Reglamento de la Ley de Extranjería para establecer así la posibilidad de que las personas jóvenes extuteladas de origen extranjero puedan gozar de derechos para tener una vida digna.

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