Pedimos justicia para las víctimas de los delincuentes viales. Basta de impunidad!

Pedimos justicia para las víctimas de los delincuentes viales. Basta de impunidad!

Creada
7 de febrero de 2023
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61 personas han firmado esta semana

Por qué es importante esta petición

Iniciada por Maria Pilar Rosanes

PEDIMOS UNA MAYOR CONDENA PARA LOS DELINCUENTES VIALES

Mi nombre no importa. Solo soy una madre. La madre de un chico maravilloso que solo ha podido cumplir 20 años, 3 meses y 21 días. Mi hijo se llama JOSEP BOAN ROSANES. Y Josep no podrá disfrutar de la vida que su padre y yo le dimos porque un conductor decidió pisar el acelerador i circular a más de 130 km/h por una carretera comarcal sin arcén. No hizo caso a ninguna de las señales que le advertían que se estaba acercando a una curva peligrosa y que debía reducir a 70 km/h. Obvió tres señales. No levantó el pie del acelerador. No frenó. Y al llegar a la curva, el vehículo que conducía invadió el carril por el que circulaba Josep. Y tras Josep circulaba su padre, que vio horrorizado como un misil impactaba contra la moto que conducía nuestro hijo. Y volvió a casa sin él. 

¿Y qué le pasó al conductor del coche después de llevarse por delante a nuestro hijo? Nada de nada. Después de pasar por una revisión médica, volvió a casa. Y 15 días después de haber matado a Josep, publicaba una foto sentado en un bar, el dedo pulgar alzado en señal de victoria, a su lado un amigo y los dos ante una hermosa tortilla de patatas. Y debajo de la foto un texto titulado “Cuando la vida te da una segunda oportunidad”. Y en el texto en el que explica como de importante es vivir, añade una lista con todas las cosas que hará a partir de ese momento, las cosas que tenía derecho a hacer Josep, mi hijo. Pero no dedica ni una línea a explicar que le ha robado la vida a otra persona. Parece que no es consciente de que él no es la víctima de un accidente sino el responsable de un siniestro. Y son conductores como él, conductores que no respetan las normas, que creen que pueden conducir sus coches como si estuvieran en un circuito de carreras, los que causan la muerte de centenares de personas cada año y el consecuente dolor de las miles de personas que los han perdido.

La siniestralidad vial es una lacra. Lo muestra el elevado número de muertos y heridos que cada año ocasiona el tráfico rodado. Durante el año 2022 se registraron 1.042 siniestros mortales en los que fallecieron 1.145 personas (son solo las registradas en las 24 horas siguientes a los siniestros. Las que mueren después de esas 24 horas no computan en esta estadística) y otras 4.008 resultaron heridas graves, según datos de la DGT. Y tras cada cifra, hay personas con nombre y apellidos, con familias y amigos que tienen que seguir viviendo con las secuelas derivadas de la delincuencia vial. 

Mi hijo es uno de los números de la lista que la DGT publicó en el 2020. Me niego a aceptar que mi hijo, nuestros hijos, sean solo un número en un telediario, un porcentaje en una rueda de prensa o un simple tuit de 280 caracteres. 

¿Y los homicidas? ¿Qué sabemos de los que han matado a nuestros hijos, hermanos, padres, amigos…? ¿Qué dicen de ellos los políticos, los responsables de tráfico, los jueces y fiscales o lo medios de comunicación? Pues nos explican poco o nada. Por qué justamente no les acostumbra a pasar NADA. LOS DELINCUENTES VIALES REPRESENTAN EL 9% DE LA POBLACIÓN PENITENCIARIA. Y según datos de la Fiscalía de Seguridad Viaria en Galicia, SOLAMENTE UN 2% DE LOS DELINCUENTES VIALES INGRESAN EN PRISIÓN y la mayoría lo hace por la suma de condenas menores, no por haber causado la muerte a nadie. 

¿Y qué establece el Código Penal español para el delito de homicidio imprudente grave? ¿Cual es la condena para un homicida, para la persona que ha privado de la vida a otra porque no ha respetado ninguna de las normas de prudencia más elemental para todo el que conduce un vehículo a motor y lo ha transformado un arma?

ARTÍCULO 142 DEL CÓDIGO PENAL

El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Si el homicidio imprudente se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá asimismo la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a seis años. A los efectos de este apartado, se reputará en todo caso como imprudencia grave la conducción en la que la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 379 determinara la producción del hecho.

En España, matar a otra persona en un siniestro vial se condena con un mínimo de 1 año y un máximo de 4 de prisión y ninguna sanción económica. En Francia, la condena es de 3 o de 5 años  de cárcel (dependiendo de la gravedad del homicidio y sin ningún margen de elección para el juez) a la que se suman sanciones económicas de 45.000 o 75.000 euros para el homicida.

¿Y qué determina en España la gravedad del homicidio? La gravedad del homicidio queda determinada por el artículo 379 

ARTÍCULO 379 DEL CÓDIGO PENAL

El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

En países de nuestro entorno como Francia o Italia, la velocidad a superar es de 50 km sobre la máxima permitida, 30 km por hora menos que en nuestro código penal. La diferencia es lo suficientemente significativa para que los delincuentes viales de homicidio imprudente grave en nuestro país queden impunes. Y esta laxitud en la ley y en la aplicación de la ley por parte de los jueces es el motivo por el que el homicida de mi hijo, el homicida de Josep, pero también el de Edu, y el de Biel, y el de Lorena y el de Daniel haya sido condenado por homicidio imprudente grave a la pena máxima al no tener antecedentes: 2 años de cárcel sin ingreso a prisión, ninguna sanción económica y tres años y medio de retirada de carnet en el momento en que la sentencia sea firme. El conductor que ha matado a Josep y que ya ha sido condenado en primera instancia, aún conduce.

Y es por todo lo que habéis leído que os pido que firméis esta petición de reforma de la 142 del Código Penal español. Os lo pido por Josep, mi hijo y también por y para los vuestros.

Muchísimas gracias.

La madre de Josep Boan Rosanes

 

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